Primero: LA REPOSICION DE LA PRESENTE CAUSA, al estado al estado de que se libren dos (02) carteles de Citación, del ciudadano Jorge Enrique Molina, uno de los cuales se enviará al Juzgado del Municipio Maracaibo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para que la secretaria o secretario de ese despacho lo coloque en la morada, oficina o negocio del mismo, y el otro se le entregará al interesado para su publicación en los diarios "Panorama" y "La Verdad", del estado Zulia, y de esta manera se le de cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 223 ejusdem.