PRIMERO: A fin de compensar al arrendatario en el plazo para que gestione el Crédito y el Contrato de Opción a Compra Venta del inmueble ante el arrendador, ciudadano Carlos José Rumbos Guerrero, éste deberá consignar por escrito el precio de la venta definitiva del inmueble a los autos; otorgándosele al demandado de autos, ciudadano José Segundo Santos Montilla, un lapso de cuatro (04) meses, una vez conste el cumplimiento de la parte demandante, de consignar el precio de venta definitivo, a los fines de que Gestione lo concerniente a la documentación para la adquisición del bien inmueble; y en caso de que el arrendatario no gestione el respectivo Contrato de Opción a Compra Venta, ni adquiera el inmueble y concluyera el plazo otorgado, el Tribunal de la causa, ordenará la ejecución Forzosa y la entrega del inmueble objeto del presente juicio al ciudadano Carlos José Rumbos Guerrero. Plazo en el que el arrendatario deberá seguir cancelando el canon respectivo y cumplir con todas las o.....