DISPOSITIVA
Este Tribunal de Protección, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, la solicitud de CONVERSION DE LA SEPARACION DE CUERPOS, EN DIVORCIO, formulada por los ciudadanos FRANKLIN ALONSO PERDOMO VALECILLOS y CLAUDIA YARITZA SUAREZ SERPA, ya identificados, quedando así disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron, por ante la Prefectura de la Parroquia Juan Ignacio Montilla, Municipio Valera del Estado Trujillo, en fecha ocho (08) de agosto de mil novecientos noventa y ocho (1.998), según acta de matrimonio Nº 92.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 351, Parágrafo Primero de la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, la titularidad de la patria potestad será ejercida por ambos padres; la responsabilidad de crianza será compartida por ambos y la custodia de la hija (Se omite su nombre de acuerdo a las previsiones de la LOPNNA), la ejercerá la madre ciu.....