DISPOSITIVA:
Por los argumentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la solicitud de Divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos: Delfín José Moreno Moreno y Beatriz Elena Barreto de Moreno, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-5.766.675 y V-5.766.148 respectivamente. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que ellos habían contraído en fecha 25 de Junio de 1.982, en Matrimonio Civil, por ante la Prefectura del Municipio Cristóbal Mendoza, Municipio y Estado Trujillo, según se evidencia del Acta de Matrimonio Nro.37, de fecha 25/06/1982, que corre inserta a los folios 3 al 6 del expediente.
No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza de la acción.
Déjese por Secreta.....