Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el Sobreseimiento de la investigación, iniciada por denuncia interpuesta por la ciudadana LISBETH JOSEFINA RUIZ RANGEL, cédula de identidad N° 12.905.367, domiciliada en Sabana de Mendoza, casa S/N, Parroquia Sabana de Mendoza, Municipio Sucre del Estado Trujillo, en contra del ciudadano ALBANIS JOSE BAPTISTA SOTO, venezolano, nacido em fecha 02/12/1973, titular de la cédula de identidad Nº 14.149.081, residenciado en el sector Palo Amarillo, del Estado Trujillo, de conformidad con lo establecido en el Primer Supuesto del numeral 2 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, por no ser típico el hecho denunciado. Notifíquese de la decisión dictada.
El Juez (T) de Control Nº 0.....