Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: 1.- Se admite la acusación en todas y cada una de sus partes de conformidad con el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, presentada por el Ministerio Público en contra del imputado JOSÉ FELIX BASTIDAS GODOY, titular de la cédula de identidad Nº 5.7660.740, venezolano, fecha de nacimiento 21.01.1960, soltero, residenciado en las araujas, calle principal, casa sin numero, parroquia matriz, Municipio Trujillo del Estado Trujillo,, por la comisión de los delitos de por la presunta comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 encabezamiento de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de la ciudadana Yadira Josefina Núñez Villegas; 2.-Igual se adm.....