declara CON LUGAR, la solicitud de Pensión de Alimentos intentada por la ciudadana ANAIS VISCALLA LISCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.171.847, domiciliada en el sector Pie de la Loma, Sanare, Municipio Andrés Eloy Blanco, Estado Lara, en beneficio del niño RAYMOUND FRANCISCO, en contra del ciudadano RAMON ANTONIO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.417.578, domiciliado en la vía que conduce al Barrio José Amado Rivero, Quibor, Municipio Jiménez del Estado Lara. En consecuencia y por cuanto constituye un hecho conocido la situación inflacionaria que viene confrontando la economía del país, ha traído como consecuencia el alza desmesurada de los bienes y servicios vinculados con las fundamentales necesidades humanas y correlativamente ha disminuido el valor adquisitivo de la moneda, pero se hace imprescindible para garantizar a favor del beneficiario de la pensión alimentaria, este tribunal fija la pen.....