Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo penal en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 3 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la republica bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley MANTIENE al penado ROMULO ANTONIO SILVA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° 10258183, nacido el 21-11-71, natural de Boconó estado Trujillo, comerciante, casado, hijo de Rómulo Silva Santos y Meyilda Hernández, residenciado en el sector Barzalito II, vereda 21, casa N° 6, detrás de la cancha deportiva, Boconó estado Trujillo, cumpliendo pena bajo la modalidad de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, bajo las mismas condiciones de la resolución publicada por este Tribunal, en fecha 21 de febrero de 2008, cuando estimó procedente el otorgamiento al referido penado.