Este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, incoado en contra los ciudadanos BASILISA DEL CARMEN QUINTEO DOMÍNGUEZ, HERNÁN TERÁN y VALMORE TERÁN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 6.947.452, 5.354.172 y 14.141.725, respectivamente, en la causa por ACCIÓN POSESORIA POR RESTITUCIÓN A LA POSESIÓN AGRARIA, instaurado por la ciudadana MARÍA GERTRUDIS BRICEÑO DE CAGUADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 8.577.394. ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: No se condena en costas. ASÍ SE DECIDE.