DECISION
En base a las precedentes consideraciones, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por los Defensores Privados, Abogados Gudelia Jiménez y Pablo Miguel Canelón Pérez, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio 01 de éste Circuito Judicial Penal, en fecha 03/07/2013 y Fundamentada en fecha 18/10/2013, mediante el cual condenó al ciudadano Pablo Miguel Canelón Pérez, a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS DE PRISION, por la comisión de los delitos de Robo Agravado, tipificado en el artículo 458 del Código Penal y Uso de Adolescente para Delinquir, tipificado en el artículo 264 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes.
Publíquese, regístrese, notifíquese y remítanse las presentes actuacio.....