Este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: INADMISIBLE la demanda por ACCIÓN POSESORIA, incoada por el ciudadano FRANCISCO JAVIER YEPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número 5.779.120, asistido del Abogado en ejercicio FERMIN TERAN ALDANA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 70.025, quien demandó por ACCION POSESORIA POR PERTURBACION A LA POSESION AGRARIA- ACCION DE RESARCIMIENTO DE DAÑOS, en contra de la ciudadana BEATRIZ ADRIANA ROMAN YEPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número13.745.449, por incumplimiento del primer aparte del artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se decide.