Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, EN PRIMER LUGAR, Otorga como forma anticipada de cumplimiento de Pena, DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO, al ciudadano ALEXANDER RAMON GARCIA CASTRO, venezolano, mayor de edad, soltero, cédula de identidad N° 14148546, comerciante, hijo de Oleida Castro y Juan Ramón García, nacido el 16-12-79, natural de Valera estado Trujillo, residenciado en la urbanización La Beatriz, cuarta etapa, últimas casitas, vía San martín, casa sin número, cerca del tanque del agua, subiendo a mano izquierda en toda la curva, Valera estado Trujillo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, 64 y 65 de la Ley de Régimen penitenciario, y 272 Constitucional, durante el cumplimiento de tal Fórmula de cumplimiento de pena, seguirá desempeñándose en INVERSIONES ISOLA, C.A.....