CON LUGAR la acción por motivo de desalojo interpuesta por los ciudadanos VILMA MARIA RIVERO DE RICO, WUILMER RAFAEL RICO RIVERO y CARMEN MARIA RICO RIVERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V- 7.358.400, 16.278.292 y 17.728.628 respectivamente, contra los ciudadanos DANNY GARCÍA y MARIELA FIGUEROA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V-12.934.735 y 14.003.610 respectivamente.
2. SE ORDENA a la parte demandada entregar el inmueble que se encuentra ubicada en la carretera vía Pavia, sector los Rosales, calle 5 entre carreras 5 y 6 N° 5-12, Parroquia Juan de Villegas del Municipio Iribarren del estado Lara, cuyas bienhechurías están construidas con paredes de bloque, piso de cemento, techo de acerolit, ventanas y rejas de hierro, constante de dos dormitorios, una sala, una cocina, un pozo séptico, un porche, un garaje, un lavadero, cercada totalmente con paredes de bloque y en el frente tiene un portón. .....