DISPOSITIVA:
Este Tribunal de Control numero 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide declarar con lugar la solicitud de ordenar medida de protección a LA ciudadana: NATHALY ANDREINA BRICEÑO OJEDA, CEDULA DE IDENTIDAD: 17597802, en su condición de victima en la investigación: SIN NUMERO, quien, según refiere el ministerio público, temen por su integridad personal. Consistente en CUSTODIA POLICIAL DURANTE EL DIA, Y EN LA NOCHE RONDAS POLICIAL PARA LA VICTIMA, residenciada en: Antonio Nicolas Briceño, casa numero 3-16, Flor de Patria Municipio Pampan, Estado Trujillo, quedando así modificada. Se acuerda oficiar a la Comandancia General de Policía del Restado Trujillo.
Regístrese. Ofíciese a la Comandancia de Policía. Notifíquese. Ciérrese Informativamente por secretaria. Cúmplase. REMITASE ALA FISCALÍA SUPERIOR COMO ACTUACION COMPLEMENTARIA.
Abg. Nathalia Cruz Cañ.....