REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Vista la demanda de Cobro de Bolívares procedimiento Intimatorio, intentado por la ciudadana MARIA DOLORES MONTILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.460.492, de este domicilio, asistida por la Abogada Auristela Pérez, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 59.189, contra el ciudadano ULISES A. FRIAS G., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.924.345, este Tribunal habida consideración que el instrumento que sirve de fundamento de la pretensión no es más que un pagaré, el cual para su plena validez, deberá estar inmerso en el mismo, la causa de dicho pagaré, situación esta que no se desprende del aludido instrumento, razón por la cual este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la presente pretensión de Cobro de Bolívares, po.....