D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana ANAYUMILLY DEL CARMEN CARMONA DE BRITO, la cual corre inserta en los libros de registro civil de nacimientos llevados por la prefectura de la parroquia Monseñor Jáuregui del municipio Bocono del estado Trujillo, anotada bajo el Nº 324, correspondiente al año 1.955, inserta al folio 5 de este expediente. En tal virtud, se ordena oficiar tanto a la alcaldía del municipio Bocono, como al registrador principal, ambos del estado Trujillo, a fin de que se corrija en la partida de nacimiento de la ciudadana Anayumilly del Carmen Carmona de Brito, el nombre de su progenitora, en el sentido sig.....