Por los fundamentos arriba expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR DE DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Primero: declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por los ciudadanos CARLOS RONDON, NERIO MACHADO, CHARLES BRICEÑO, ABELARDO CHAKAUR y OSCAR VELASQUEZ, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº-10.037.015, 13.260.380, 14.100.653, 6.849.548 y 14.580.242, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Valera, estado Trujillo, representados judicialmente por el ABG. JOSE MANUEL BASTIDAS, DALIDA AGUILAR DE BASTIDAS Y CARMELITA BASTIDAS AGUILAR, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nos. 2.626.864, 2.629.181 y 10.908.905 e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 8131, 8957 y 60.121 en su orden, Segundo: Se confirma en toda y cada una de sus partes la sentencia dictada el .....