PRIMERO: Se constata que el penado William José Hernández Andara, antes identificado, se encuentra en libertad, y durante el proceso estuvo privado de libertad desde el 13 de septiembre al 16 de del 2.008, es decir, han cumplido 14 días de prisión.
SEGUNDO: Por cuanto la pena es inferior a tres años y admitieron los hechos conforme al artículo 376 del código adjetivo penal, resulta procedente la aplicación de medida alternativa de cumplimiento de pena de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, COMO FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA, establecida en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal., previo el cumplimiento de las exigencias de ley, que en caso que no proceda la aplicación de medida alternativa de cumplimiento de pena en comento, se realizará el cómputo inicial, estableciendo la cuarta, la tercera, dos terceras y tres cuartas partes de la pena para otorgamiento de los demás beneficios.
TERCERO: Las Penas accesorias conforme al artícul.....