D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana MARIA CONCHITA CAIA CONTRERAS, plenamente identificada en autos, la cual corre inserta en los libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por la prefectura de la parroquia Mercedes Díaz del municipio Valera del Estado Trujillo, signada con el N° 2861, correspondiente al año 1.964, inserta al folio 15 de este expediente. En tal virtud, se ordena oficiar tanto a la Alcaldía del municipio Valera, como al Registrador Principal, ambos el estado Trujillo, a fin de que se corrija la referida partida de nacimiento en el sentido siguiente: Donde se identificó al padre de la ciudadana MARIA.....