Decisiones del dia 18/09/2006 
				   
				 
	
				  
			 
			  
			   
			 
			
			 
			
						   
	  
	 
   
							   
			
			 
			 
			
			 
			 
			 
			
			
			
			  
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								03399  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
							
						   
						  
						  Fecha: 18/09/2006  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Fijación De Obligación Alimentaria 
					 
					
					
					  Partes:  DEMANDANTE: LILIANA COROMOTO GUDIÑO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° 11.318.198, ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE SUS HIJAS (SE OMITE EL NOMBRE POR DISPOSICIÓN DE LA LOPNA).-  
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								DISPOSITIVA
PRIMERO: Se fija la obligación alimentaria que el ciudadano: ISIDRO LIBORIO QUEVEDO AZUAJE,  ya identificado, debe satisfacer a sus hijas ( se omiten sus nombres por disposición de la lopna),  a la cantidad de dinero equivalente al 43,01% de un (1) salario mínimo urbano nacional,  a ser pagado mensualmente, el cual equivale a la cantidad de doscientos mil (200.000,00) bolívares, mensuales más igual cantidad en el mes de Agosto, por concepto gastos de útiles escolares y de aguinaldos y  dos (02) meses del monto de la obligación alimentaria en el mes de Diciembre por concepto de aguinaldos.- La cantidad aquí fijada se incrementará en la medida y proporción en que sea aumentado el salario mínimo. 
SEGUNDO: Se levanta la medida decretada en fecha 04-05-2005, en relación a la cancelación del 50%  de canon de arrendamiento por parte del  ciudadano ISIDRO QUEVEDO,  por cuanto el monto fijado de la obligación alimentaría está incluido el pago del alquiler. 
TERCERO: Por cuanto.....
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Alejandrina Rivas Ruiz 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente 
						 
					 
					
			      
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								04710  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
							
						   
						  
						  Fecha: 18/09/2006  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Fijación De Obligación Alimentaria 
					 
					
					
					  Partes:  DEMANDANTE: MARLENE CABEZAS VILLEGAS, FISCAL OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO,  ACTUANDO   EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE LOS NIÑOS ( SE OMITEN SUS NOMBRES POR DISPOSICIÓN DE LA LOPNA), DEMANDADO: JOSE GREGORIO DABOIN CHIRINOS,  TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD, N° 11.895.754.- 
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								DISPOSITIVA
  PRIMERO: Se FIJA la obligación alimentaria que el ciudadano  JOSE  GREGORIO DABOIN CHIRINOS, debe satisfacer a sus hijos, a la cantidad de dinero equivalente al 75,26% de un (1) salario minino urbano nacional, a ser pagado mensualmente, el cual equivale actualmente a la cantidad de trescientos cincuenta mil bolívares (Bs. 350.000,00)  bolívares, mensuales, más un (1) mes del monto de la obligación alimentaria en el mes de agosto por concepto de gastos de útiles escolares y uniformes, más la  cantidad de dos (02) meses del monto de la obligación alimentaria  en el mes de Diciembre por concepto de aguinaldos.  Los gastos de medicina, vestuario, calzado, o cualquier gasto eventual que pueda presentarse deberán ser cubiertos por ambos progenitores. La cantidad aquí fijada se incrementará en la medida y proporción en que las autoridades aumenten el salario mínimo para lo cual el ente retenedor deberá realizar los ajustes necesarios. La cantidad aquí fijada deberá ser enviad.....
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Alejandrina Rivas Ruiz 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente 
						 
					 
					
			      
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								03324  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
							
						   
						  
						  Fecha: 18/09/2006  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Fijación De Obligación Alimentaria 
					 
					
					
					  Partes:  DEMANDANTE: YUNAIRY GENARINA PIRELA BRICEÑO,  TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° 17.393.164, EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE SU HIJO  ( SE OMITE SU NOMBRE POR DISPOSICIÓN DE LA LOPNA).- 
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								DISPOSITIVA
	PRIMERO: Se fija la obligación alimentaria que el ciudadano: DANIEL JOSE MATERANO MORENO,  identificado,  debe satisfacer a su hijo ( se omite su nombre por disposición de la lopna), a la cantidad de dinero equivalente al 25,80% de un (1) salario minino urbano nacional, a ser pagado mensualmente, el cual equivale a la cantidad de ciento veinte mil (120.000,00) bolívares, más un (1) mes adicional en el mes de Agosto por concepto de gastos de útiles y uniformes escolares más dos (2) meses adicionales al  monto de la obligación alimentaría, en el mes de  Diciembre por concepto de aguinaldos. Los gastos de medicina, vestuario, calzado y cualquier gasto eventual que pueda presentarse podrá se cubierto por ambos progenitores.  La cantidad aquí fijada se incrementará en la medida y proporción en le sea aumentado el salario mínimo, para lo cual el obligado alimentario deberá ser los ajustes necesarios, por cuanto se desprende de los autos que renuncio a su trabajo.  
TERCERO: .....
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Alejandrina Rivas Ruiz 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente 
						 
					 
					
			      
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								02118  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
							
						   
						  
						  Fecha: 18/09/2006  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Fijación De Obligación Alimentaria 
					 
					
					
					  Partes:  DEMANDANTE: YAJAIRA COROMOTO VIELMA,  TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° 17.721.830.- 
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								DISPOSITIVA
	PRIMERO: Se fija la obligación alimentaria que debe pasar el ciudadano YAJAIRA COROMOTO VIELMA, a sus hijas MARIAGNY YARIMA DEL CARMEN Y MELANY NATHALY BRAVO ROJAS, a la cantidad de dinero equivalente al 43,01 de un (1) salario mínimo urbano nacional, a ser pagado mensualmente, el cual equivale a la cantidad de  doscientos  mil (200.000,00) bolívares, mensuales más igual cantidad en el mes de Agosto por concepto de gasto de útiles escolares, los mismos deberán ser descontados del bono vacacional, más dos (2) meses del monto de la obligación alimentaría, en el mes de  Diciembre por concepto de aguinaldos. Los gastos de medicina, vestuario, calzado y cualquier gasto eventual que pueda presentarse podrá se cubierto por ambos progenitores. La cantidad aquí fijada se incrementará en la medida y proporción en que las autoridades competentes aumenten el salario mínimo. 
	SEGUNDO: Por cuanto el presente fallo se dictó fuera del lapso legal correspondiente se acuerda notificar .....
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Alejandrina Rivas Ruiz 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente 
						 
					 
					
			      
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								03224  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
							
						   
						  
						  Fecha: 18/09/2006  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Fijación De Obligación Alimentaria 
					 
					
					
					  Partes:  DEMANDANTE: YUNAIRY GENARINA PIRELA BRICEÑO,  TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° 17.393.164, EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE SU HIJO  (SE OMITE SU NOMBRE POR DISPOSICIÓN DE LA LOPNA).- 
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								DISPOSITIVA
	PRIMERO: Se fija la obligación alimentaria que el ciudadano: DANIEL JOSE MATERANO MORENO,  identificado,  debe satisfacer a su hijo ( se omite su nombre por disposición de la lopna), a la cantidad de dinero equivalente al 25,80% de un (1) salario minino urbano nacional, a ser pagado mensualmente, el cual equivale a la cantidad de ciento veinte mil (120.000,00) bolívares, más un (1) mes adicional en el mes de Agosto por concepto de gastos de útiles y uniformes escolares más dos (2) meses adicionales al  monto de la obligación alimentaría, en el mes de  Diciembre por concepto de aguinaldos. Los gastos de medicina, vestuario, calzado y cualquier gasto eventual que pueda presentarse podrá se cubierto por ambos progenitores.  La cantidad aquí fijada se incrementará en la medida y proporción en le sea aumentado el salario mínimo, para lo cual el obligado alimentario deberá ser los ajustes necesarios, por cuanto se desprende de los autos que renuncio a su trabajo.  
TERCERO: .....
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Alejandrina Rivas Ruiz 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente 
						 
					 
					
			      
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								04710  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
							
						   
						  
						  Fecha: 18/09/2006  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Fijación De Obligación Alimentaria 
					 
					
					
					  Partes:  DEMANDANTE: MARLENE CABEZAS VILLEGAS, FISCAL OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO,  ACTUANDO   EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE LOS NIÑOS ( SE OMITEN SUS NOMBRES POR DISPOSICIÓN DE LA LOPNA) 
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								DISPOSITIVA
  PRIMERO: Se FIJA la obligación alimentaria que el ciudadano  JOSE  GREGORIO DABOIN CHIRINOS, debe satisfacer a sus hijos, a la cantidad de dinero equivalente al 75,26% de un (1) salario minino urbano nacional, a ser pagado mensualmente, el cual equivale actualmente a la cantidad de trescientos cincuenta mil bolívares (Bs. 350.000,00)  bolívares, mensuales, más un (1) mes del monto de la obligación alimentaria en el mes de agosto por concepto de gastos de útiles escolares y uniformes, más la  cantidad de dos (02) meses del monto de la obligación alimentaria  en el mes de Diciembre por concepto de aguinaldos.  Los gastos de medicina, vestuario, calzado, o cualquier gasto eventual que pueda presentarse deberán ser cubiertos por ambos progenitores. La cantidad aquí fijada se incrementará en la medida y proporción en que las autoridades aumenten el salario mínimo para lo cual el ente retenedor deberá realizar los ajustes necesarios. La cantidad aquí fijada deberá ser enviad.....
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Alejandrina Rivas Ruiz 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente 
						 
					 
					
			      
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								02118  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
							
						   
						  
						  Fecha: 18/09/2006  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Fijación De Obligación Alimentaria 
					 
					
					
					  Partes:  DEMANDANTE: YAJAIRA COROMOTO VIELMA,  TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° 17.721.830.- 
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								DISPOSITIVA
	PRIMERO: Se fija la obligación alimentaría que debe pasar el ciudadano YAJAIRA COROMOTO VIELMA, a sus hijas ( se omiten sus nombres por disposición de la lopna), a la cantidad de dinero equivalente al 43,01 de un (1) salario mínimo urbano nacional, a ser pagado mensualmente, el cual equivale a la cantidad de  doscientos  mil (200.000,00) bolívares, mensuales más igual cantidad en el mes de Agosto por concepto de gasto de útiles escolares, los mismos deberán ser descontados del bono vacacional, más dos (2) meses del monto de la obligación alimentaría, en el mes de  Diciembre por concepto de aguinaldos. Los gastos de medicina, vestuario, calzado y cualquier gasto eventual que pueda presentarse podrá se cubierto por ambos progenitores. La cantidad aquí fijada se incrementará en la medida y proporción en que las autoridades competentes aumenten el salario mínimo. 
	SEGUNDO: Por cuanto el presente fallo se dictó fuera del lapso legal correspondiente se acuerda notificar a l.....
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Alejandrina Rivas Ruiz 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente 
						 
					 
					
			      
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								02347  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
							
						   
						  
						  Fecha: 18/09/2006  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Fijación De Obligación Alimentaria 
					 
					
					
					  Partes:  DEMANDANTE: KADLEEN DIONEY BARRIOS ROMERO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° 12.039.335.- 
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								DISPOSITIVA
	PRIMERO: Se fija la obligación alimentaria que debe pasar el ciudadano NELSON JOSE ROMERO CAÑIZALEZ, a su hijo NELSON MANUEL ROMERO BARRIOS, a la cantidad de dinero equivalente al 53,76 de un (1) salario mínimo urbano nacional, a ser pagado mensualmente, el cual equivale a la cantidad de  doscientos cincuenta  mil (250.000,00) bolívares, mensuales más igual cantidad en el mes de Agosto por concepto de gasto de útiles escolares, los mismos deberán ser descontados del bono vacacional, más dos (2) meses del monto de la obligación alimentaría, en el mes de Diciembre por concepto de aguinaldos. Los gastos de medicina, vestuario, calzado y cualquier gasto eventual que pueda presentarse podrán ser cubiertos por ambos progenitores. La cantidad aquí fijada se incrementará en la medida y proporción en que le sea aumentado el salario al obligado alimentario bien sea por decreto presidencia o contratación colectiva. 
	SEGUNDO: Se levanta la medida de embargo del 50% sobre las pres.....
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Alejandrina Rivas Ruiz 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente 
						 
					 
					
			      
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								03399  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
							
						   
						  
						  Fecha: 18/09/2006  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Fijación De Obligación Alimentaria 
					 
					
					
					  Partes:  DEMANDANTE: LILIANA COROMOTO GUDIÑO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° 11.318.198, ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE SUS HIJAS ( SE OMITEN SUS NOMBRES POR DISPOSICIÓN DE LA LOPNA).-  
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								DISPOSITIVA
PRIMERO: Se fija la obligación alimentaria que el ciudadano: ISIDRO LIBORIO QUEVEDO AZUAJE,  ya identificado, debe satisfacer a sus hijas ( se omiten sus nombres por disposición de la lopna),  a la cantidad de dinero equivalente al 43,01% de un (1) salario mínimo urbano nacional,  a ser pagado mensualmente, el cual equivale a la cantidad de doscientos mil (200.000,00) bolívares, mensuales más igual cantidad en el mes de Agosto, por concepto gastos de útiles escolares y de aguinaldos y  dos (02) meses del monto de la obligación alimentaria en el mes de Diciembre por concepto de aguinaldos.- La cantidad aquí fijada se incrementará en la medida y proporción en que sea aumentado el salario mínimo. 
SEGUNDO: Se levanta la medida decretada en fecha 04-05-2005, en relación a la cancelación del 50%  de canon de arrendamiento por parte del  ciudadano ISIDRO QUEVEDO,  por cuanto el monto fijado de la obligaciónalimentaría está incluido el pago del alquiler. 
TERCERO: Por cuanto .....
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Alejandrina Rivas Ruiz 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente