Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, EN PRIMER LUGAR, ADMITE LA ACUSACIÓN PRESENTADA por el Abogado, LENIN TERAN, actuando con el carácter de Fiscal Segundo del Ministerio Publico, contra el ciudadano, ALBERTO GRATEROL titular de la cédula de identidad Nº 13.377.371, venezolano de 32 años de edad, fecha de nacimiento 22/02/1976, natural de Trujillo estado Trujillo hijo de Aura Rosa Graterol y Julio Altuve, de profesión u oficio trabajo en carnicería y residenciado en Santo Domingo, calle principal, casa S/n, color Rosada, municipio Pampanito, Estado Trujillo, por el delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO previstos y sancionados en el artículo 40 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de MARUJA JOSEFINA CASTELLANOS BASTIDAS, de conform.....