Vista la solicitud presentada por la ciudadana EVELIA MARINA CHIRINOS OCANTO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.928.801, domiciliada en la ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara, asistida por el abogado GREGORYS JOSEPH MELENDEZ SUAREZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 127.517, de este domicilio, en la cual requiere se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías consistentes en una Casa con Estructura de Construcción: Concreto, Tipo Paredes: Bloque de Concreto, Acabado Paredes: Friso Liso, Pintura Paredes: Caucho, Estructura de Techo: Hierro y Varas, Cubierta de Techo: Acerolit, Pisos: Cemento Pulido, Instalaciones Sanitarias: Baño Simple, Ventanas: Madera Acabada, Instalaciones Eléctricas: Externas, Puertas: Hierro, Accesorios: En Ventanas, Estado de Conservación: Regular, OTROS: Tres (3) Habitaciones, Un (1) Baño, Sala, Cocina, y Comedor, edificadas sobre un lote de terreno Ejido Urbano, con un área d.....