Admitida como fue totalmente la Acusación presentada por la Fiscal 2º del Ministerio Público del Estado Lara, con fundamento en los Artículos 333 y 334 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Control Nº 5, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA abrir JUICIO ORAL Y PUBLICO al Acusado ULISES RAMIRO CASTRO FERRER, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.785.539, casado, mecánico Tornero, nacido el 20.04.74, de 26 años de edad, hijo de Hugo Castro y Digna de Castro, domiciliado en Barrio La Paz, frente al Destacamento Nº 15, casa beige, calle 10, Barquisimeto, Estado Lara, por la presunta comisión de ROBO DE VEHICULOS AUTOMOTORES, previsto y sancionado en la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, con las circunstancias agravantes del Artículo 6º numerales 1º, 2º, 3º, y 4º ejusdem y PORTE ILICITO DE ARMA, previsto en el Artículo 278 del Códi.....