DECISION
Con fundamento a lo precedentemente expuesto y por cuanto el Fiscal VIII del Ministerio Público, no objetó nada contra esta solicitud, este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: con lugar la solicitud presentada por la ciudadana Dubys Esther Padilla Ariza, en representación de sus hijos Joselin José y Franklin José. En consecuencia se ordena insertar en la partida de nacimiento de los niños, los datos de nacionalización de la madre y su cédula de identidad como: 22.320.307. Dichas partidas de nacimiento se encuentran insertas en unos de los libros del Registro Civil de Nacimiento llevados por la Prefectura Civil del Municipio Torres del Estado Lara, bajo los Nºs: 2398, folio Nº 373, de fecha 20 de diciembre de 1994 y Nº: 624, de fecha 12 de mayo de 1999, respectivamente, con el fin de qu.....