Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 01, del Circuito judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, EN PRIMER LUGAR, CALIFICA COMO FLAGRANTE la aprehensión de que fue objeto el ciudadano: ELI ANTONIO MARIN MARIN, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.646.939, Venezolano, de 49 años, nacido en fecha 21/01/1962 de ocupación Agricultor hijo de Avilo Marín y Ramona Marín, estado civil soltero, domiciliado en PARROQUIA BURBUSAI, EL ALTO PARTE BAJA CASA S/N CERCA DE LA BODEGA "EL CHIVO" MUNICIPIO BOCONO ESTADO TRUJILLO TELEFONO 0416-1365010 MUNICIPIO BOCONO DEL ESTADO TRUJILLO, por la presunta comisión de los delitos de: AMENAZA AGRAVADA Y VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previstos y sancionados en los artículos 41 encabezamiento y primer aparte 42 encabezamiento y segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mu.....