Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo penal en Funciones de Control N° 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, EN PRIMER LUGAR, ADMITE LA ACUSACION presentada por la Abogada INGRID PEÑA CABRERA, actuando con el carácter de Fiscal Séptimo del Ministerio Público, , contra el ciudadano ABEL UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6970248, nacido el 24-09-65, natural de Caracas, vigilante, hijo de Elena Mantilla y Eugenio Uzcátegui, domiciliado en la parte baja del cerro la Concepción, final calle 15, antigua bodega La Favorita, Valera estado Trujillo,, por el delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31, Tercer Aparte, de la Ley Orgánica Contra el Consumo y Tráfico ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas EN SE.....