En consecuencia, por los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD SOBRE LAS MEJORAS Y BIENHECHURÍAS, consistentes en un una casa para habitación familiar, con un área de construcción de Ciento Once Metros con Cincuenta y Tres Centímetros Cuadrados (111,53 mrs.), edificada sobre paredes de bloques, parte de ella frisada, Tres (3) habitaciones, en las cuales dos tienen sala sanitaria, sala, cocina, baño, lavadero, techo de placa con escalera de acceso a la placa o techo, pisos rústicos, puerta de metal y sus protectores, un tanque de agua de diez mil litros (10.000 lts.), sobre un lote de terreno propiedad de INAVI, con un área total de Cuatrocientos Once Metros con Treinta y Cin.....