DISPOSITIVA
En mérito de lo anteriormente expuesto, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el Abogado Roberto Durán, actuando con el carácter de defensor privado de los imputados EDGAR GONZALEZ Y ARELIS ROSARIO, contra la decisión dictada en fecha 01 de julio de 2012, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 06, de este Circuito Judicial Penal, el Abogado Roberto Durán, actuando con el carácter de defensor privado de los imputados EDGAR GONZALEZ Y ARELIS ROSARIO, contra la decisión dictada en fecha 01 de julio de 2012, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 06, de este Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: Se modifica la decisión recurrida y se decreta la medida cautelar sustitutiva de libertad de arresto domiciliario de conformidad con el artículo 242 o.....