por lo que este Tribunal Cuarto en funciones de Control Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Decreta al ciudadano ATILIO JOSE ANDRADE PEREZ, venezolano, portador de la cédula de identidad Nº 17.596.084, soltero, de 22 años de edad Natural de Trujillo, nacido el 17/10/85, Estudiante, hijo de Atilio del Carmen Andrade Valera y Nelly Josefina Pérez Aráis, residenciado en Calle principal de la Parroquia Bolivia Municipio Candelaria, Via Santa Ana, casa s/nº, a dos casa de la Prefectura, EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, el cual comporta el cese inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas en fecha 30-05-2007 y así se decide, esta resolución se basa en los artículos 1, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 313, 314, del Código Orgánico Procesal Penal y los artículos 2, 3, 26 y 257 Constitucionales. Remítase a Archivo en el lapso legal para su resguardo y cuido. Ciérrese informaticamente.....