DECISION EXPRESA DEL TRIBUNAL
Acto seguido el TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Primero Se acuerda el procedimiento ABREVIADO, de conformidad con el artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal, se le impone Medida cautelar Sustitutiva de Libertad, consistente en la Presentación cada siete (07) días y la prohibición de cambiar de domicilio sin autorización del Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Texto Penal Adjetivo y se acuerda la remisión de las presentes actuaciones al TRIBUNAL DE JUICIO, que corresponda en su oportunidad legal respectiva. Esta resolución se basa en los artículos 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 13, 248, 250, 256 y 372 del Código Orgánico Procesal Penal, quedan las partes notificadas de la presente resolución.
El Juez de Control Nª 04
El.....