DISPOSITIVA
Este Tribunal de Protección, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: Declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que los ciudadanos: NESTOR DANIEL PARRA SALAS y BERTHA ROSA HERNANDEZ TERAN, ya identificados, contrajeron en fecha veintiséis (26) de Diciembre de mil novecientos noventa y siete (1.997), por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia el Progreso, Municipio La Ceiba, del Estado Trujillo, según acta de matrimonio Nro. 04.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 351, parágrafo primero de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la titularidad de la patria potestad será ejercida por ambos padres; en cuanto a la responsabilidad de crianza es compartida por los progenitores, en cuanto a la custodia del hijo (Se omite su nombre de acuerdo al artículo 65 de la LOPNNA), corresponderá a la madre ciudadana: BERTHA ROSA HERNANDEZ TERAN, ya identificada, en el lugar donde f.....