Por lo expuesto, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: admite la acusación presentada en contra del ciudadano VICTOR MANUEL BELIX CRESPO, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, en perjuicio de Marcel Plaza Godoy , Rafael Méndez y la Empresa Serprocus , se admiten los medios de prueba , así mismo se admite la acusación por el delito PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el articulo 278 del Código penal en agravio del Orden Publico, SE Admiten las siguientes pruebas: experto Maria Laura Parrilla, quien declarará sobre experticia de reconocimiento técnico 9700069Dc2406 a fin de demostrar la existencia de una arma de fuego calibre 9MM incautada al acusado; declaración de los funcionarios Leal Montilla José Omar, Carreño Ocando Rubén ; Terán Bastidas Rafael, Pírela José, González Rubén Darío y Arraiz Barrio Freddy Fredichic, quienes declararan sobre la aprehensi.....