En consecuencia los adolescentes sancionados ____, y ____ya identificados, cumplirán la medida de de PRIVACIÓN DE LIBERTAD por el Lapso de DOS (02) AÑOS y CUATRO (04) MESES, siendo el Centro de Reclusión, el Centro de Responsabilidad Penal del Adolescente, Varones, Carmania, de conformidad con lo establecido en el Artículo 628 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente por el Delito de ____, previsto en el Artículo 458 del Código Penal Venezolano; en agravio del Ciudadano ____Para determinar el cómputo se tomará como fecha de inicio de la medida la fecha de imposición de la sanción, que se fija para el día MARTES DOCE (12) de Mayo de 2009, a las 10:00 de la mañana, por lo que finalizaría la Privación de Libertad en fecha 12 de Septiembre de 2011, pero observándose que el sancionado se encuentra privado preventiva e ininterrumpidamente de su libertad desde el día 08 de Enero de 2009, hasta el día 12 de Mayo de 2009, fecha en que se impondrá la ejecución de .....