Primero: Cese la condiciones impuestas en la cuentas bancarias (corriente y ahorros) que poseen los ciudadanos Di Fiore Carmosino Eleonardo Domenico y Rubia Milagro Pimentel de Di Fiore, venezolanos, mayores de edad, casados, domiciliado en Boconó, estado Trujillo, Titulares de la Cédula de Identidad Nos. V- 5.780.108 y 9.377.002, en la entidad bancaria BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., oficina Boconó, condiciones que fueran impuestas por dicha entidad bancaria con motivo del crédito otorgado a los mismos, con el número 618127126, y objeto del presente juicio.