PRIMERO: Se admite la Acusación presentada y las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, en contra del ciudadano: EDINSON JOEL PEÑA VÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 23.593.014, nacido en fecha 06-11-1991, natural de Valera de 19 años de edad, grado de instrucción sexto grado, ocupación obrero, soltero, venezolano, hijo de Maria Vásquez y Javier Peña residenciado en: San Isidro vía la puerta casa s/n de color verde, cerca de la finca tempe Valera estado Trujillo, por la comisión de los delitos de: acusación contra del Imputado FUENTES TORRES CARLOS MAGNO, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio la victima JENIRET DEL CARMEN BRICEÑO HERNANDEZ. SEGUNDO: Se acuerda para el acusado, antes identificado la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad a lo previsto en el artículo 42 del Código Orgánico Pro.....