Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 5, del Circuito judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad e la Ley, EN PRIMER LUGAR, CALIFICA COMO FLAGRANTE la aprehensión de que fue objeto el ciudadano ERNESTO ANTONIO FINOL GONZALEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 9.163.349, soltero, de 49 años edad, Natural de Santa Isabel, nacido el 128/12/59. Obrero, hijo de Antonio Finol y Evangelista González, residenciado en el Cenizo, Hacienda la Acequia, propiedad del Sr. Marcos Perdomo, antes del poblado, en el primer canal ala derecha, Municipio Miranda Estado Trujillo, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA previstos y sancionados en artículo 40 y 41, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de NERY COROMOTO TOYI FERNANDEZ , y PORTE ILICITO DE ARMA BLANC.....