Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control de  Audiencias y medidas N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO  de la causa seguida al ciudadano  -RAFAEL RAMÓN RIVERA DÍAZ, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 13.765.571, de ocupación Agricultor, hijo de Carmen Díaz y Carlos Herrera, natural de Trujillo, de 41 años de edad, nacido en fecha 24/08/1971, residenciado en el Sector San Antonio, calle Principal, vía hacia Timotes, Parroquia la Mesa, Municipio Urdaneta, Estado Trujillo, por la  comisión del delito de AMENAZA AGRAVADA, previsto y sancionado en el articulo 41 ultimo aparte de  la ley Orgánica  Sobre  los  derechos  de  las  mujeres  a vivir  a  una  vida libre  de Violencia,  en agravio  de  la ciudadana VIRGINIA DEL CARMEN CARRIZ.....