/Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA POR IMPROCEDENTE LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO, al penado: PEREZ PEREZ, EDUARDO JOSUE, venezolano, natural de San Felipe, estado Yaracuy, nació el dìa 16-03-1985, de 24 años de edad, Soltero, de profesión u oficio: Obrero, grado de instrucción: 7mo., grado, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.133.489, hijo de Eduardo Pérez y Moraira Pèrez, domiciliado en la Urbanización Nuvia, calle 2, casa Nº 54-D, del Tocuyo, Estado Lara, actualmente recluido en el Internado Judicial de Yaracuy.-.
Todo de conformidad con los artículos 479, ordinal 1ero y 501 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese lo conducente al Director del Internado Judicial Yaracuy, y remítase copia certificada de la presente decisión. Notifíquese al penado, a la defensa y a la .....