declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO de los ciudadanos MAXIMO ANTONIO JIMENEZ y ALICIA DEL CARMEN CHIRINOS, titulares de las cédulas de identidad Nº V-7.744.341y V-5.774.709, respectivamente, y consiguientemente declara DISUELTO el vínculo matrimonial que ambos contrajeron ante el entonces Prefectura del Municipio la Ceiba, Distrito Rafael Rangel, Estado Trujillo, el 21 de diciembre de 1979, según acta Nº 54. Remítanse Copias certificadas de la presente decisión y de su ejecutoria al Registro Principal del Estado Trujillo y a la Coordinación de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio La Ceiba, Estado Trujillo, para su inserción en los Libros de Registro de Matrimonio de la Prefectura antes citada, según jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo de Justicia de fecha 02 de Octubre de 2003, a los fines establecidos en los Artículos 475 y 506 del Código Civil Venezolano Vigente.