Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio N° 04 del Circuito Judicial penal del Estado Trujillo, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley EN PRIMER LUGAR, REVISA, la medida Cautelar sustitutiva de Libertad decretada el 04-02-2009, al ciudadano JHONNY ELEAZAR GONZALEZ CHINCHILLA, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 13.874.518, de oficio artesano, hijo de quien en vida recibía el nombre de José Eleazar González, residenciado en Urb. Luís Mario Madrid, vereda 11, casa s/n, Betijoque, Estado Trujillo, por la presunta comisión de los delitos de por la comisión de los delitos de VIOLACIÓN, ROBO AGRAVADO Y LESIONES PERSONALES LEVES, en agravio de los ciudadanos RAMÓN ANTONIO TORRES Y JAUREGUI MEDINA ALBERIL LISBETH, previstos y sancionados en los artículos 375 con la agravante 378 del Código Penal, 460 y 418 igualmente previstos en el Código Penal, de co.....