D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana DELIA COROMOTO MONTILLA DE CANO, la cual se encuentra inscrita en los libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por la Prefectura de la Parroquia La Concepción, municipio Carache del estado Trujillo, bajo el No. 62 del año 1.953.
En tal sentido se ordena oficiar al Registrador Principal del estado Trujillo, a fin de que corrija el error cometido en dicha acta y se estampe la NOTA MARGINAL correspondiente, en el sentido siguiente: Donde se identificó al padre de la presentante como: ANTONIO CAÑIZALEZ, debe decir: "PEDRO JOSE MONTILLA", y donde escribió el nombre de su prog.....