DISPOSITIVA
Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, apreciadas las pruebas según la libre convicción y observando las reglas de la lógica, las máximas de experiencia y los conocimientos científicos, constituido como TRIBUNAL MIXTO, POR UNANIMIDAD y de conformidad a lo establecido en el artículo 367 del código orgánico procesal penal, EN PRIMER LUGAR, declaran CULPABLE al ciudadano JEAN CARLOS MARCHÁN, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.102.118, de 22 años de edad, soltero, nacido en fecha 26-12-1984, hijo de Maria Marchan y padre desconocido, residenciado en el sector el pénsil, por donde hay una escuela, vía Sabana Libre, Valera, Estado Trujillo, trabajo Makroval, de seleccionador de tomates, hasta segundo grado, no se leer ni escribir, por la comisión del delito de ASALTO A TRANSPORTE COLE.....