En orden a los hechos descritos en la narrativa y con fundamento en las motivaciones precedentes, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS VALERA, MOTATÁN, SAN RAFAEL DE CARVAJAL Y ESCUQUE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud que se provee y al efecto ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS JOSE HORACIO BAPTISTA VALERA, a su conyugue VIOLETA FRANCISCA GARCIA DE BAPTISTA y sus hijos CAROLINA, ALFREDO NEPTALY, ZAIDA JOSEFINA, BENITO DEL CARMEN, LEIDA MARGARITA, ROSALIA AUXILIADORA, NESTOR HORACIO BAPTISTA SUAREZ y RENNY JOSE BAPTISTA GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 4.061.147, 5.102.576, 5.501.385, 10.907.589, 9.168.775, 5.102.577, 4.058.935, 4.666.251 y 12.046.211, titular de la cédula de identidad Nro. 2.262.139, conforme a lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822. 823 y 824 del Código Civ.....