Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas Nº 3 del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se PRACTICA COMPUTO a la pena impuesta al ciudadano JHONNY ALFREDO RAMIREZ, venezolano, natural de Valera estado Trujillo, natural de Caracas, , hijo de Esperanza Ramírez y José Rodolfo Villarreal mesa, vendedor de empanadas y café, residenciado en el barrio El Milagro, calle Libertador, arriba del estadio Valera estado Trujillo, por los delitos de ROBO, previsto en el artículo 457, del Código Penal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal y en aplicación de la sentencia dictada por la Sala Constitucional del tribunal Supremo de justicia, en fecha 21 de abril de 2008, en el expediente N° 2008-0287, con ponencia del Magistrado Arcadio Delgado Rosales.
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