ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: 1.- Se ADMITE LA ACUSACIÓN en todas y cada una de sus partes de conformidad con el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, presentada por el Ministerio Público en contra del imputado NELSON JOSE ROJO CARMONA, titular de la cedula de identidad Nº 15430209, venezolano, de 29 años de edad, nacido el 13-10-1981, natural de Valera, ocupación comerciante, hijo de María Leonarda Carmona y Alcides Rojo Pernía y residenciado en Motatan, Barrio Nuevo, parte alta, mas arriba de la cruz, casa con rejas frisada, por la caja de agua en el estado Trujillo, teléfono no tengo por la comisión de los delitos de AMENAZA AGRAVADA previsto y sancionado en el artículo 41 primer aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de YASMIN DEL VALLE SAAVEDRA RANGEL, igual se admiten los medios probatorios promovidos por ser útiles necesarios y pertinentes para el esclar.....