D I S P O S I T I V A
Por los argumentos y razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la circunscripción Judicial del estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por INDEMNIZACION DE DAÑOS MORALES intentaran los ciudadanos HERRERA SANCHEZ ALFREDO RAMON y RIVAS DE HERRERA MARIA GUADALUPE, en contra de la ciudadana CASTELLANOS MARIA DE LA PAZ, ambas partes identificadas en autos.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada ciudadana CASTELLANOS MARIA DE LA PAZ, a pagar a titulo de indemnización a los demandantes por el agravio moral infringido, la cantidad de TRES MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 3.000.000,00)
TERCERO: Con el objeto de proceder a la reparación del Daño Moral causado a los demandantes, se condena a la parte demandada a publicar en .....