|
|
|
 |
|
|
Decisiones del dia 28/02/2011 |
|
|
|
|
|
|
|
N° Expediente :
KP02-V-2005-003927
|
N° Sentencia :
0492-2.011
|
Fecha: 28/02/2011 |
Procedimiento: Homologación De Regímen De Convivencia Familiar |
Partes: MARCOS RAFAEL D¿DAUBETERRE QUINTERO Y HASSIEL CRISTINA LOZADA TORRES |
Resumen:
Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, en atención a lo estipulado en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de Régimen de Convivencia Familiar, efectuado en fecha 25 de febrero de 2011, en Audiencia Especial, por los ciudadanos MARCOS RAFAEL D¿DAUBETERRE QUINTERO y HASSIEL CRISTINA LOZADA TORRES, ya identificados, en beneficio de la niña (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), por estar conforme a la Ley y no vulnerar derechos de la beneficiaria.
|
Juez/Ponente:
Alida Villasana de Andueza
|
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
|
N° Expediente :
KP01-P-2011-2574
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 28/02/2011 |
Procedimiento: Fundacion De Aprehension Y Medida Cautelar |
Partes: IMPUTADO CLEMENTINO ANTONIO JIMENEZ CALDERON |
Resumen:
DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, a tenor de lo dispuesto en el Art. 256 del COPP se DECLARA PROCEDENTE la petición de las partes y se IMPONE al ciudadano CLEMENTINO ANTONIO JIMENEZ CALDERON, identificados en autos, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA contenida en el Art. 256 numeral 3 y 9º, consistente en el deber de presentarse cada 30 días ante el Consejo Comunal El Naranjal 1, ubicado en la Parroquia Yacambu de Sanare, y la prohibición de realizar actos de acoso, persecución, contra el genero femenino, conforme al numeral 6 del articulo 86 de la Ley contra el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, PSICOLOGICA, AMENAZAS, Y DETENTACION DE ARMA DE FUEGO, previstos en el artículo 42, 39 y 41 de la Ley.....
|
Juez/Ponente:
Beatriz Pérez Solares
|
Organo:
Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control
|
N° Expediente :
KP01-P-2011-02701
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 28/02/2011 |
Procedimiento: Fundamentacion De Aprehension Y Privacion |
Partes: IMPUTADO: WILLIAM JOSE SALCEDO |
Resumen:
DISPOSITIVA
En mérito a las razones que preceden, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el articulo 2 y 30 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a lo dispuesto en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal, por concurrir el supuesto del numeral 3, 4 y 5 del articulo 251 eiusdem, y penúltimo aparte del articulo 256 ibidem DECLARA IMPROCEDENTE la cautelar sustitutiva a la privación de libertad solicitada por la defensa, por no reunir los supuestos del artículo 253 eiusdem y se DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano WILLIAM JOSE SALCEDO, titular de la cédula de identidad Nº 12.242.086 por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453.6 del Código Penal.
Se desi.....
|
Juez/Ponente:
Beatriz Pérez Solares
|
Organo:
Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control
|
N° Expediente :
KP02-N-2009-000640
|
N° Sentencia :
KP02-N-2009-000640
|
Fecha: 28/02/2011 |
Procedimiento: Recurso Contencioso Administrativo De Nulidad |
Partes: CORPORACIÓN DROGUERÍA LOS ANDES, C.A. (CORPORACIÓN DROLANCA) VS. INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA, SEDE PEDRO PASCUAL ABARCA |
Resumen:
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, actuando en Sede Contencioso Administrativa, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, por el abogado Francisco Carrillo Avellan, actuando con el carácter de apoderado judicial de la CORPORACIÓN DROGUERÍA LOS ANDES, C.A. (CORPORACIÓN DROLANCA), ambos plenamente identificados supra; contra la Providencia Administrativa N° 525, dictada en fecha 29 de octubre de 2008, por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA, SEDE PEDRO PASCUAL ABARCA, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano Aldemar Antonio Mendoza, ya identificado.
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interp.....
|
Juez/Ponente:
Marilyn Quiñonez Bastidas
|
Organo:
Juzgado Superior Civil Contencioso Administrativo
|
N° Expediente :
KP02-N-2009-000974
|
N° Sentencia :
KP02-N-2009-000974
|
Fecha: 28/02/2011 |
Procedimiento: Recurso Contencioso Administrativo De Nulidad |
Partes: SERVICIOS ESPECIALES LA CORTEZA, C.A. VS. INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO PORTUGUESA, SEDE ACARIGU |
Resumen:
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar, y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de efectos, por la abogada Anet B. Alzuru Arias, ya identificada, actuando en nombre y representación de la sociedad mercantil SERVICIOS ESPECIALES LA CORTEZA, C.A., plenamente identificada supra; contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 320-09, de fecha 02 de julio de 2009, notificada el 06 de julio del mismo año, del expediente N° 001-2009-06-00060, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO PORTUGUESA, SEDE ACARIGUA, mediante la cual le impuso una multa por la cantidad de Cinco Mil Quinientos Noventa y Cuatro Bolívares con Sesenta y Dos Céntimos (Bs. 5.594.....
|
Juez/Ponente:
Marilyn Quiñonez Bastidas
|
Organo:
Juzgado Superior Civil Contencioso Administrativo
|
|
|
|
|