En consecuencia, este Tribunal Sexto de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 35 y 41 de la Ley de Régimen Penitenciario y numeral 3° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, autoriza el traslado desde la sede del Departamento Policial N° 38, Retén El Cumbe del recluso SAMUEL ENRIQUE LUJANO al Hospital Central de Valera, "Dr. Pedro Emilio Carrillo, a los fines de que se le practique evaluación médica y de ser necesario tratamiento médico, así mismo una vez cumplido ello deberá ser trasladado con dicho informe nuevamente a la medicatura forense a los fines de que se levante informe médico forense sobre la condición de salud del acusado. Cúmplase.
El Juez de Control Nº 06,
MIGUEL HERNÁNDEZ SALINAS
El Secretario,
YENDER MATOS CACÉRES.