Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoada por la ciudadana MILANYELA DEXIRE MORÓN AGUILAR, venezolana, de veintitrés (23) años de edad, soltera, de profesión ú oficios propios del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-20.414.731, domiciliada en Los Pantanos, Sector Visnacá, Calle Principal, Casa N° 30, cerca de la Escuela del Sector, Parroquia El Carmen, Municipio Boconó Estado Trujillo, en representación de su hija ORIANA VALENTINA ARRAIZ MORON, contra el padre del mismo, ciudadano: ALEXANDER JOSÉ ARRAIZ HIDALGO, ya identificado. En consecuencia: PRIMERO: Se fija la cantidad OCHOCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 800,00) MENSUALES, así como también el d.....