DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, apreciadas las pruebas según la libre convicción de sus integrantes, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, DECIDE POR UNINAMIDAD DECLARAR PRIMERO: INCULPABLE al ciudadano: JOSE IGNACIO SEGOVIA CANCHICA, nacionalidad Venezolano, mayor de edad, de 23 años de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° 16.267.962, natural de Caracas, nacido en fecha 06-05-1983, grado de instrucción Tercer Año, ocupación comerciante, hijo de Segovia José Ignacio Y Blanca Inés Canchica, residenciado en el Barrio San Rafael carretera 2, como a 10 casa del estacionamiento Briceño, casa N° 17, Valera Estado Trujillo, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO E.....